Inspección Técnica de Edificios ITE en Madrid

Incluye visita, redacción del acta y registro municipal

Inspección técnica de edificios ITE en Madrid. Carrillongo Arquitectos

 

¿Cuándo es obligatoria la ITE en Madrid?

ITE o Inspección Técnica de Edificios es la inspección a cargo de un técnico competente que debe pasar un edificio con una determinada antigüedad para garantizar que cumple las condiciones mínimas de seguridad, salubridad, accesibilidad, ornato público y decoro. Para ello se realiza una revisión del estado de la cimentación y de la estructura, de toda la envolvente del edificio que comprende desde las fachadas y elementos que las componen hasta las cubiertas y azoteas, así como de las instalaciones de fontanería y saneamiento y los elementos accesibles existentes.

 

Dicha inspección será visual sólo si es suficiente para cumplir con todas las determinaciones que exige la legislación. En caso contrario, es recomendable realizar las pruebas o ensayos complementarios que se consideren necesarios para poder cumplimentar el acta de inspección.

El resultado de la ITE podrá ser favorable o desfavorable, en cuyo caso, se tendrán que realizar las obras necesarias la subsanación de las deficiencias detectadas con la posterior presentación por parte del técnico competente del Certificado de Idoneidad o del Certificado Final de Obras visado por el Colegio de Arquitectos en caso de haber sido necesaria la elaboración de un proyecto técnico de obras. La validez de la ITE es de 10 años.

La inspección técnica de edificios está regulada en España por el Real Decreto Ley 8/2011, sin perjuicio de que a nivel autonómico existan normativas específicas a este respecto que se hayan de cumplir, siendo obligatoria para todos los edificios con antigüedad igual o superior a 50 años situados en poblaciones de más de 25000 habitantes. No obstante, la Comunidad de Madrid, en la Ley del Suelo de 2001 establece la obligatoriedad de la ITE para todos los edificios de más de 30 años de antigüedad mientras que por su parte, el Ayuntamiento de Madrid, la extiende a obras de rehabilitación con reestructuración general o total de más de 30 años.Puntualizar que, hay municipios de menos de 25.000 habitantes que pueden tener regulado el trámite con ordenanza propia.

 

Realizamos la gestión de manera integral

En la ciudad de Madrid, se puede consultar si un edificio tiene la obligación de pasar la ITE en el siguiente enlace. Si es el caso, no dude en contactar con nosotros. Incluimos visita al inmueble, así como tramitación completa y, si fuera el caso, ofrecemos la posibilidad de elaborar un informe de deficiencias para su posible subsanación previa a la emisión final del acta. Plazo de entrega variable según resultado de la inspección y estado del edificio.

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